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lunes, 26 de agosto de 2013

Derivaciones del caso del avión de la gira presidencial

Oil Spill Response Limited: El vínculo que une a Chapman Freeborn con las petroleras que operan en Malvinas

Por Rubén Durán

Hace pocos días, diputados de la oposición presentaron una denuncia penal contra el secretario general de la Presidencia, Oscar Parrilli, por violación a la ley 26.659 (*) al haber contratado los servicios de una compañía aérea que también trabaja para las empresas petroleras británicas que operan en la zona de las Islas Malvinas.



Avión Hércules operado por Chapman Freeborn con la librea de OSRL
Como se recordará, Chapman Freeborn fue contratada sin licitación como la proveedora del avión que transportó a la presidente Cristina Fernández de Kirchner en su gira asiática de enero de 2013. Para la contratación no se tuvo en cuenta que dicho operador no sólo es el broker aéreo del Ministerio de Defensa británico (MoD), sino que también lo es de Oil Spill Response Limited (OSRL), una cooperativa multinacional de respuesta a derrames de petróleo que incluye entre sus accionistas a una firma que participa directamente en las tareas de exploración petrolera en Malvinas.

Se trata de Noble Energy Inc., una empresa basada en Houston (Texas), que en agosto del año pasado recibió la cesión de derechos de exploración de la Falkland Oil & Gas (FOGL) en las áreas Norte y Sur de las islas, que cubren una extensión de 40.000 kilómetros cuadrados y que demandarán a los estadounidenses una inversión de hasta 230 millones de dólares por un período de tres años.

Otro accionista de Oil Spill Response Limited (OSRL) que tuvo vínculos con la actividad petrolera en Malvinas es BHP Billiton, un gigante de la industria que en 2007 firmó con FOGL un contrato de exploración y eventual producción de gas y petróleo en la East Falkland Basin, aunque en 2011 comenzó un proceso de retirada del emprendimiento.

Aparte de estas compañías, OSRL también tiene relación directa con las siguientes firmas de la industria petrolera que actualmente se encuentran trabajando en Malvinas y que figuran como miembros asociados de aquella:

. Falkland Oil & Gas (FOGL)
. Borders & Southern Petroleum
. Rockhopper Exploration
. Desire Petroleum
. Argus Resources


Por su condición de miembros asociados, estas firmas cuentan con los servicios de OSRL para ejecutar su Plan de Contingencia por Derrames de Petróleo ( OSCP-Oil Spill Contingency Plan), que incluye vigilancia y limpieza aérea, alquiler y traslado equipos, transporte de personal especializado, simulación por ordenador de movimiento y dispersión de derrames, contención y limpieza en las costas.

De todas estas tareas, Chapman Freeborn tiene relación directa con la operatoria logística y de vigilancia y limpieza desde el aire.

1) Logística: Como intermediario aéreo de OSRL se encarga de monitorear y subcontratar en el mercado de charter los aviones comerciales disponibles para cubrir las necesidades de transporte del equipo y personal necesarios para responder de inmediato a los derrames de petróleo que se produzcan en cualquier parte del globo, las 24 horas de los siete días de la semana.

2) Vigilancia y limpieza aérea: Chapman Freeborn proporciona las aeronaves Hércules equipados con sistemas encargados de rociar las manchas de petróleo con agentes químicos dispersores.

También es importante mencionar que en 2011, OSRL entregó por vía aérea a Malvinas paquetes de equipos para responder a derrames de niveles 1 y 2 (riesgo bajo y medio, respectivamente).

(*)Qué dice la Ley 26.659


"ARTICULO 2º — Se prohíbe a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, que realice o se encuentre autorizada a realizar actividades en la República Argentina y sus accionistas a:
1. Desarrollar actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina;
2. Tener participación directa o indirecta en personas jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina, o que presten servicios para dichos desarrollos;
3. Contratar y/o efectuar actividades hidrocarburíferas, transacciones, actos de comercio, operaciones económicas, financieras, logísticas, técnicas, actividades de consultoría y/o asesoría, ya sea a título oneroso o gratuito, con personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, para que desarrollen actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin haber obtenido la habilitación pertinente emitida por autoridad competente argentina."