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miércoles, 11 de junio de 2025

FAA: Brigadier Valverde visita a la USAF por el F-16



JEMGFAA Brigadier Gustavo Valderde visita bases aéreas de la USAF





En el marco de su visita a Estados Unidos, el jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, brigadier Gustavo Javier Valverde, fue recibido por diversas autoridades norteamericanas y diplomáticos con el objetivo de intercambiar experiencias y reforzar los lazos bilaterales.
El itinerario comenzó con una reunión con la cónsul argentina en Atlanta, Alana Patricia Lomónaco Busto.



Luego, el titular de la Fuerza Aérea Argentina visitó las instalaciones de la Guardia Nacional Aérea de Georgia, donde fue recibido por el Major General Konata Crumbly junto con la Chieff of Staff, Brig. Gen. Amy Holbeck y su staff, quienes lo interiorizaron acerca de las tareas que lleva a cabo dicha institución y su equipamiento.



Posteriormente, el brigadier Valverde se dirigió a Tucson, Arizona donde visitó la sede de Air Forces Southern en Davis-Monthan Air Force Base. Allí asistió a una presentación a cargo del Major General David Mineau y su equipo, que incluyó una reseña general de las actividades que realizan, un informe acerca de las operaciones espaciales y la descripción de la misión que lleva a cabo el 612th Air Operations Center.



Asimismo, el titular de la Fuerza Aérea Argentina también recibió las últimas novedades acerca del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA).



Luego, visitó las instalaciones de 162nd Wing en el marco del Programa F-16.



A través de este tipo de intercambios de experiencias la Fuerza Aérea Argentina continúa fortaleciéndose en pos de una Fuerza que vive en el siglo XXI pero que se proyecta hacia el futuro.

miércoles, 4 de junio de 2025

Argentina: Transfieren al Ministerio de Defensa toda la flota presidencial


Transfieren al Ministerio de Defensa toda la flota presidencial



PODER EJECUTIVO
Decreto 377/2025
DECTO-2025-377-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-48453558-APN-CGD#SGP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1952 del 28 de diciembre de 2004 y sus complementarios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de la Presidencia necesarias para posibilitar las actividades del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 317/25 se modificaron las competencias del MINISTERIO DE DEFENSA, asignándole al mismo la administración, operación, custodia y mantenimiento de las aeronaves asignadas.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que atento a la competencia asignada al MINISTERIO DE DEFENSA en materia de aeronaves, resulta necesario adecuar las facultades de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, por otra parte, procede efectuar la transferencia al referido Ministerio de las aeronaves destinadas al uso exclusivo de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme los requerimientos e instrucciones que imparta la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se propicia con el objeto de un adecuado aprovechamiento del personal y de los recursos técnicos del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que el Decreto N° 1952/04 excluyó del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, instituido por el Decreto N° 1023/01, su reglamentación y modificatorios, a los contratos que se celebren con el objeto de atender la operatividad de las aeronaves de la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 186/22 se aprobó el “Régimen de Contrataciones tendiente a mantener la operatividad de las aeronaves de la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN” para los contratos comprendidos en el citado Decreto N° 1952/04.

Que atento a que las razones que conllevaron al dictado del mencionado Régimen Especial de Contrataciones respecto de las aeronaves no han cesado, es que resulta necesario mantener la aplicación del mismo, no obstante la transferencia que se realiza por la presente medida desde la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN al MINISTERIO DE DEFENSA.

Que atento lo señalado resulta necesario adecuar los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL y de la CASA MILITAR, ambas dependientes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como así también de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por el Decreto N° 232/24 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por lo que en atención a lo señalado resulta menester adecuar la citada estructura organizativa, como así también derogar, homologar y reasignar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios correspondientes a dicha Jurisdicción.

Que la presente medida no implica un incremento en la cantidad de unidades organizativas de la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que los servicios jurídicos correspondientes han tomado la intervención de su competencia.

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese al MINISTERIO DE DEFENSA la administración, la operación y la plena responsabilidad por la custodia de la flota aérea presidencial, integrada por las aeronaves que se detallan en el ANEXO I (IF-2025-58153350-APN-SGP) que forma parte del presente decreto, destinadas al uso exclusivo de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en función de los requerimientos e instrucciones que imparta la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

La transferencia aludida comprende los créditos presupuestarios vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 2°.- A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, quedará a cargo exclusivo del MINISTERIO DE DEFENSA el mantenimiento y control técnico de las aeronaves de la flota aérea presidencial.

Las contrataciones que se celebren en dicho marco, para llevar adelante la operación de las citadas aeronaves, estarán sujetas a lo dispuesto por el Decreto N° 1952/04, sus normas complementarias y reglamentarias.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a solicitar la afectación y la desafectación de aeronaves de la flota aérea presidencial con vistas a la adecuada atención de las necesidades de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a requerir al MINISTERIO DE DEFENSA informes sobre el estado de dichas aeronaves.

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Objetivo 6 de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL por el siguiente:

“6. Monitorear y dar seguimiento a las actividades de planificación, coordinación y ejecución relacionadas con los traslados terrestres y con los traslados aéreos del Presidente de la Nación y los que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para los integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL en las sedes de Casa Rosada, Residencia Presidencial de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, dentro y fuera del territorio nacional”.

ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Objetivo 4 de la CASA MILITAR por el siguiente:

“4. Coordinar con las áreas competentes del MINISTERIO DE DEFENSA las actividades que sean necesarias para la operación y disponibilidad de las aeronaves que conformen la flota presidencial”.

ARTÍCULO 6º.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado VIII, MINISTERIO DE DEFENSA, como Objetivos 11 y 12 de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA los siguientes:

“11. Entender en todo lo referido al funcionamiento y mantenimiento integral de la flota aérea presidencial y en materia de la capacitación según normas internacionales del personal asignado a la misma.

12. Informar a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el conjunto de las actividades vinculadas al mantenimiento y funcionamiento de la flota aérea presidencial, así como el cumplimiento de los estándares establecidos para garantizar su funcionamiento y operatividad”.

ARTÍCULO 7°.- Sustitúyense los Anexos Ie y Ig del artículo 3° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios por los que, con igual denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-47662773-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 8°.- Suprímense del Anexo II al artículo 3° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN OPERATIVA DE MEDIOS AÉREOS Y MOVILIDAD de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN e incorpóranse al mismo Anexo la Responsabilidad Primaria y las Acciones de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN OPERATIVA DE MOVILIDAD AÉREA Y TERRESTRE dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-58261681-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9°.- Sustitúyese del Anexo II al artículo 3° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGUIMIENTO OPERATIVO Y GESTIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-47663936-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 10.- Suprímense del Anexo II al artículo 3° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 11.- Incorpórase al Anexo II del artículo 3° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN DE AGRUPACIÓN AÉREA dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-48656680-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo II del artículo 3° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios la Acción 1 de la AGRUPACIÓN TÉCNICA dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por la siguiente:

“1. Efectuar el registro y control de los recursos patrimoniales a cargo de la CASA MILITAR, incluyendo el patrimonio y recursos afectados a la flota automotor presidencial”.

ARTÍCULO 13.- Suprímense del Anexo IV del artículo 4° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios las Acciones de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE MEDIOS AÉREOS, de la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO AERONÁUTICO y de la DIRECCIÓN DE AGRUPACIÓN AÉREA, todas dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 14.- Sustitúyese el Anexo IIIh del artículo 4° del Decreto N° 232 del 7 de marzo de 2024 y sus modificatorios por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-48657026-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 15.- Deróganse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-48658937-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 16.- Facúltase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y al MINISTERIO DE DEFENSA a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias a los fines de la implementación de lo dispuesto en el presente decreto.

ARTÍCULO 17.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Petri

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

sábado, 24 de mayo de 2025

Juegos de guerra naval Argentina-Chile

XXIV Juego de guerra bilateral Argentina – Chile




Del 05 al 09 de mayo, se llevó a cabo la vigésimo cuarta edición del Juego Bilateral de Crisis entre la Escuela de Guerra Naval de la Armada Argentina y la Academia de Guerra Naval de la Armada de Chile.
La actividad se realizó en las instalaciones del Centro Educativo de las Fuerzas Armadas (CEFFAA), con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fueron parte el Director de la Escuela de Guerra Naval, Capitán de Navío Sebastián Andrés MARCÓ, junto al Director de la Academia de Guerra Naval de la Armada de Chile, Capitán de Navío Rafael LETELIER WIDOW y el Capitán de Navío Rodrigo PELAYO; el Director de Juego fue el Contraalmirante (RE) Julio Alberto GRAF, participando además oficiales y profesores de la Escuela de Guerra Naval y oficiales auditores de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Armada.



En la versión 2025, el Juego Bilateral se focalizó en el abordaje de temas doctrinarios relacionados con el Planeamiento de Nivel Operacional, en la realización de Seminarios y en la discusión de las mejores prácticas para materializar las tareas de planeamiento en un Estado Mayor que debe resolver un problema militar y producir un Plan de Campaña.

Este tipo de herramienta académica permite proveer un foro de diálogo para el intercambio de ideas y conocimiento recíproco, que contribuye a fortalecer las ya existentes bases de entendimiento mutuo entre las Armadas de Argentina y Chile para el planteo, análisis y solución de problemas derivados de crisis internacionales, donde por su naturaleza, es prioritario el empleo de fuerzas navales combinadas, a fin de incrementar la interoperabilidad y la confianza mutua, en el marco de la seguridad internacional.
Durante el cierre se realizaron exposiciones sobre las lecciones aprendidas y conclusiones generales del juego, y para finalizar, se entregaron certificados y presentes a los participantes.


viernes, 25 de abril de 2025

Adiestramiento de la GEC

Adiestramiento en la Guarnición Ejército Córdoba

Fuente: EA




La Compañía de Ingenieros Paracaidista 4 realizó una instrucción sobre la construcción de puentes para el personal recientemente incorporado.



La capacitación, llevada a cabo en un escenario operativo, incluyó marchas tácticas, despliegue de material y montaje de un puente de reemplazo. Durante la actividad, el personal del Regimiento de Infantería Paracaidista 14 brindó seguridad inmediata, asegurando el perímetro y garantizando el desarrollo eficaz de la instrucción.

miércoles, 16 de abril de 2025

CMN: Más actividades de los cadetes



Más actividades de los cadetes del CMN



Los cadetes de la Compañía de Ingenieros desarrollaron actividades de Natación de Combate, Navegación y empleo de los medios para la detección y descontaminación QBN/R en los cuarteles de la Compañía de Ingenieros QBN y Apoyo a las Emergencias 601.

Fuente EA





viernes, 11 de abril de 2025

EA: Maniobras del RIMec 24 en Santa Cruz


Ejercicios de Infantería Mecanizada en Santa Cruz




El Regimiento de Infantería Mecanizado 24 realiza ejercicios en el terreno.
Con alto grado de compromiso y profesionalismo, las secciones con sus vehículos se entrenan en procedimientos propios del combate mecanizado, afianzando así sus capacidades en el terreno.


sábado, 5 de abril de 2025

ARA: El Irizar abastece a la BAC San Martín

Irizar en la Base Conjunta Antártica San Martín




El rompehielos ARA “Almirante Irízar” reabasteció la Base Conjunta Antártica San Martín, en el marco de la tercera etapa de la Campaña Antártica de Verano 2024/25.



Además del desembarco de materiales de construcción, estructuras, víveres secos, carga frigorizada, material científico y combustible, realizó el repliegue de residuos antárticos clasificados; como así también el recambio de la dotación que invernará durante el presente año. ⚓️🇦🇷


miércoles, 2 de abril de 2025

EA: Ejercicio de evacuación áerea de pacientes


Ejercicio de evacuación aérea de pacientes




Con la participación del Puesto Principal de Socorro del Hospital Militar Salta y la Sección de Aviación de Ejército de Montaña 5, y en coordinación con el Hospital Público Materno Infantil, se llevó a cabo un ejercicio con el objetivo de evaluar la capacidad de respuesta ante emergencias médicas y optimizar los procedimientos de evacuación aérea, para garantizar una rápida asistencia en situaciones críticas.


viernes, 28 de marzo de 2025

USA ofrece vía FMS 27 VCBR M1126 Stryker para el EA

Stryker M1126 vía FMS para el EA



Según informes, Estados Unidos (🇺🇸) propone la venta de vehículos blindados de transporte de personal Stryker M1126 por parte de la FMS al @Ejercito_Arg (🇦🇷).

Este es número similar a la licitación de 2019, es decir, 27 VCBR, los cuáles permite tener 2 compañías (13 x2) más uno de jefe.



De ser seleccionada, la venta sería un golpe de efecto para #Brasil (🇧🇷), que casi logró vender 156 unidades del Guaraní 6x6 a #Argentina en 2023. ¡Gracias Lula y Alberto!

 

Toda la serie Stryker comparte planta motriz con los camiones Oshkosh en servicio en el EA: Motor diésel Caterpillar C7 de 300 caballos de fuerza.

lunes, 24 de marzo de 2025

EA: RIM 30 en el curso de adaptación al monte

Curso de Adaptación al Monte

Fuente: EA


En Apóstoles, el Regimiento de Infantería de Monte 30 dictó una instrucción específica, destinada al personal de cuadros que cumple funciones por primera vez en este ambiente geográfico particular.
El programa se estructuró en tres ejes principales: vida en el monte, desplazamiento y pasaje de obstáculos. Durante la instrucción, se llevaron a cabo prácticas de supervivencia, primeros auxilios, navegación y pasaje de obstáculos.

miércoles, 19 de marzo de 2025

ARA Bahia Agradable argentino remolca al Betanzos chileno en la Antártida

El aviso ARA "Bahía Agradable" asistió y remolcó al buque logístico chileno "Betanzos" en la Antártida

Gaceta Marinera



El buque de la Armada Argentina se encontraba desarrollando la Patrulla Antártica Naval Combinada.

Antártida – El pasado 13 de marzo, en horas de la tarde, el Centro de Coordinación de Rescate Marítimo (MRCC) "Petrel" emitió una alerta por el buque M/V "Betanzos", de bandera chilena, que tras sufrir una avería que provocó la pérdida total de su propulsión, debió fondear de emergencia al norte de la Isla Livingston, en el archipiélago de las Shetland del Sur, siendo esta una zona cuya complejidad meteorológica no ofrece buen resguardo.

En ese contexto, el aviso ARA "Bahía Agradable" (AVBA), que en ese momento se encontraba desarrollando la Patrulla Antártica Naval Combinada (PANC), recibió la orden de asistir al "Betanzos" y dirigirse hacia su posición para efectuar un remolque hacia un área segura, donde pudiese aguardar sin riesgos la asistencia de su armador.

En la madrugada del 14 de marzo, bajo condiciones hidrometeorológicas adversas, el aviso de la Armada Argentina realizó su aproximación para evaluar la forma más segura de efectuar el remolque en altamar. Una vez asegurada la maniobra, el AVBA inició el traslado rodeando la isla Livingston por el Oeste y navegando luego a través del Mar de la Flota para dirigirse hacia una zona de mayor resguardo en la bahía Discovery.

Tras efectuar más de 130 millas náuticas y 24 horas de remolque efectivo, sorteando témpanos, escombros desprendidos y en condiciones de baja visibilidad con olas superiores a los tres metros de altura, la operación culminó por la tarde.



Finalmente, la asistencia continuó con el trasbordo de 19 pasajeros del "Betanzos" al "Bahía Agradable", quienes posteriormente fueron trasladados a la base aérea chilena “Presidente Eduardo Frei Montalva”, situada en bahía Guardia Nacional, para ser replegados vía aérea a Punta Arenas (Chile).


Cumplida la misión, el ARA “Bahía Agradable" continúa sus labores como buque de servicio en la PANC, reafirmando el compromiso de la Armada Argentina para la cooperación internacional y la seguridad en la inhóspita región antártica.



Patrulla Antártica Naval Combinada (PANC)

La misión de la Patrulla Antártica Naval Combinada, que se divide en cuatro etapas, ya sea como Buque de Servicio Antártico o como Buque de Apoyo Antártico, es brindar un servicio de búsqueda, rescate, salvamento marítimo, control y combate de la contaminación, con el propósito de otorgar seguridad a la navegación, a la vida humana en el mar y contribuir a mantener las aguas libres de contaminación, al Sur del paralelo 60ºS, en cumplimiento del Tratado Antártico.


Asimismo, durante su desarrollo se efectúa el apoyo a las bases antárticas; el traslado de personal y material; la inspección de buques naufragados; la apertura de bases antárticas de ambos países; como así también trabajos hidrográficos y de mantenimiento a la señalización marítima.


Estas patrullas contribuyen, además, a incrementar el nivel de adiestramiento de las unidades, y el apoyo a la comunidad científica para el estudio y preservación del medio ambiente y el ecosistema marino.



Centro Coordinador de Búsqueda y Rescate Marítimo “Petrel”

El Centro Coordinador de Búsqueda y Rescate Marítimo “Petrel”, inaugurado durante el presente año, se encuentra ubicado en la Base Antártica Conjunta (BAC) homónima.  


Es el primero de su tipo en ser instalado en la Antártida, y tiene dependencia directa del Comando de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada, en su carácter de Agencia Nacional SAR Marítimo.



En este sentido, y de acuerdo al alcance de las competencias y responsabilidades de la Armada Argentina en el tema (asignadas por Ley Nº 22.445 que adhiere al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos firmado en Hamburgo en abril de 1979), se cumple de esta manera con las exigencias de dicho convenio en la búsqueda permanente de mejorar el servicio a todas las embarcaciones que naveguen por el Área de Responsabilidad SAR de la República Argentina.


Para lograr este hecho histórico, la Armada Argentina firmó un acuerdo de colaboración con el Comando Conjunto Antártico, el pasado 14 de febrero de 2024, donde se trazaron los lineamientos que permiten hoy contar con este Centro Coordinador en la BAC Petrel.


Esta nueva dependencia viene a acompañar el crecimiento exponencial del turismo y las actividades marítimas de investigación en la Antártida, las cuales conforman un escenario de potencial incremento en los casos SAR entre los meses de noviembre a marzo, cuando las aguas antárticas son navegables.